La Intendencia Municipal de Montevideo exoneró del 100% de
la contribución inmobiliaria a inmuebles que son sede del Frente Amplio, del
Partido Socialista y de la central sindical PIT-CNT, según documentación
disponible. Las exoneraciones llegan a ser retroactivas hasta por lo menos 1993,
se constató una firmada en 1999 por Hugo Díaz, entonces director general del
Departamento de Recursos Financieros y la política continuó con la gestión de Ricardo
Ehrlich, iniciada en 2005, y la actual de Ana Olivera, quien lo sucedió en el
cargo.
La documentación localizada son cinco resoluciones pero hay
indicios en una resolución que se transcribe de que es una política vigente al
menos desde 1995, y
ameritaría un pedido amparado en la ley de acceso a la información pública para
determinar sus alcances y costos para el erario público. En cuanto a sus
fundamentos formales, son básicamente dos: uno constitucional y otro, una
resolución municipal a la que no se pudo accede en la web de la IMM.
El listado de la totalidad de locales políticos y sindicales (características de los tres casos localizados) que son exonerados de contribución inmobiliaria y su fundamento es una información necesaria para que el contribuyente se forme criterio sobre la calidad política de decisiones que paga, y su publicación sistemática, parte de la la transparencia de la gestión.Restringir la posibilidad de divulgación a los alcances de la ley de acceso a la información pública sería un desafío a la imaginación del contribuyente, que debe adivinar las excepciones a la normativa sobre las cuales inquirir
El listado de la totalidad de locales políticos y sindicales (características de los tres casos localizados) que son exonerados de contribución inmobiliaria y su fundamento es una información necesaria para que el contribuyente se forme criterio sobre la calidad política de decisiones que paga, y su publicación sistemática, parte de la la transparencia de la gestión.Restringir la posibilidad de divulgación a los alcances de la ley de acceso a la información pública sería un desafío a la imaginación del contribuyente, que debe adivinar las excepciones a la normativa sobre las cuales inquirir
La información disponible establece que por resolución 622/09 del 19 de febrero de 2009 se
exoneró de forma retroactiva por el período 1997-2008 al local de 18 de Julio
2190 del PIT-CNT y al Instituto Cuesta Duarte, considerándolos una
única institución cultural y amparándose al efecto en el artículo 69 de la
Constitución. A esa fecha son $19.963 anuales y la firma Ricardo Ehrlich. No se mencionan costos por multas y mora.
En cambio, por resolución 4195/11 del 12 de setiembre de 2011
se exonera a la sede del Partido Socialista, Soriano 1218, de contribución
inmobiliaria por el año 2011, $20.286. Se lo hace al amparo de lo establecido
en el Decreto No. 15.706, reglamentado por Resolución 3757/88. En la resolución
consta que ya había sido exonerado de contribución inmobiliaria los años
2007-10, según Resolución No. 4431/10 de 27 de setiembre de 2010. Esta
resolución no figura en las firmadas por la intendenta en esa fecha, según la
web de IMM: http://www.montevideo.gub.uy/aplicacion/resoluciones-0,
en captura del 15 de enero.
Esa misma resolución 3757/88 es invocada para exonerar, por resolución
2554/99/2000 del 5 de agosto de 1999, al Partido Socialista del pago de las
contribuciones inmobiliarias por los años 1993-99 de los inmuebles de Soriano
1218 y 1220. La firma Hugo Díaz, Director General del Departamento de Recursos
Financieros. En la página web de la IMM no se puede acceder al texto de esa
resolución, ni por fecha ni por número.
En sus considerandos, la resolución expresa: “VISTO: la
gestión del Partido Socialista del Uruguay solicitando exoneración de pago del
impuesto de Contribución Inmobiliaria que grava al inmueble de su propiedad
padrón No. 8.625, ubicado en la calle Soriano Nos. 1218 y 1220;
RESULTANDO: que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que al inmueble padrón No. 8.625 le corresponde un porcentaje de exoneración del 100% del impuesto de Contribución
Inmobiliaria, al amparo del Decreto No. 15.706, reglamentado por Resolución No. 3757/88 del 31 de mayo de 1988, estableciendo la exención de sólo un local por Partido, por el período comprendido entre el ejercicio 1993 DU y el 31 de diciembre de 1999;
RESULTANDO: que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios informa que al inmueble padrón No. 8.625 le corresponde un porcentaje de exoneración del 100% del impuesto de Contribución
Inmobiliaria, al amparo del Decreto No. 15.706, reglamentado por Resolución No. 3757/88 del 31 de mayo de 1988, estableciendo la exención de sólo un local por Partido, por el período comprendido entre el ejercicio 1993 DU y el 31 de diciembre de 1999;
“CONSIDERANDO: 1o.) que la Dirección de la División Administración
Fiscal entiende que corresponde exonerar del pago del impuesto de Contribución
Inmobiliaria al inmueble padrón No. 8.625, propiedad del Partido Socialista del
Uruguay, por el período comprendido entre el ejercicio 1993 DU y hasta el 31 de
diciembre de 1999;
“2o.) que por Resolución No. 580/95 del 20 de febrero de 1995 el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros, la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo”, etc.
“2o.) que por Resolución No. 580/95 del 20 de febrero de 1995 el señor Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros, la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo”, etc.
De este texto surge que se trataría de una política de la
IMM y que está en ejecución al menos desde 1995, cuando asumió la intendencia Mariano
Arana.
Por resolución 266/05/2000 se exoneró a la sede del Frente
Amplio, Colonia 1367 de la contribución inmobiliaria correspondiente a 2005,
por $42.708, y en la resolución consta que ya lo fue los años 2003 y 2004, y se
basa en el mismo decreto que los casos anteriores, 15.706. La firma Enrique
Cabrera, director general del Departamento de Recursos Financieros.
Al Frente Amplio se lo vuelve a exonerar del pago de la
contribución inmobiliaria por el año pasado de su sede de Colonia 1367, por resolución
3953/11 del 29 de agosto de 2011. Es por valor de $53.397. En la resolución
consta que ya lo fue en el año 2010, y la firma Ana Olivera.
¿Y los demas partidos tienen exoneraciones sí o no? Estaría bueno ver la otra cara de la moneda, capaz que todo se basa en algún "Decreto", y no en clientelismo como lo intenta sugerir esta nota "periodística".
ResponderEliminarIncluso me animaría a decir que Iglesias y templos y otro tipo de entidades están exonerados o bonificados...
Falta información acá.
Saludos
Es cierto, y modifiqué el texto al respecto de sedes políticas: iglesias y centros de enseñanza están eximidos por ser el objeto del art 69 de la Constitución
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